Solicitud de información; condiciones de entrega y garantías Premisas "Los Tarantos" no es un criadero comercial ni con ánimo de lucro; no se trata de un negocio ni de profesionales de la venta de perros. Nuestra crianza es familiar y se enmarca dentro de las aficiones contempladas como lúdico - deportivas por la legislación vigente. Producimos solo una media de entre dos y tres camadas al año por cada raza que criamos, y siempre bajo el objetivo fundamental de obtener individuos de calidad que nos permitan mejorar la raza generación tras generación. Parte de los cachorros nacidos acaban quedandose en casa constituyendo nuestra renovación generacional. Este tipo de crianza cualitativa conlleva un considerable esfuerzo y se sustentan en los siguientes pilares: - Estudio de las distintas líneas de sangre para planificar los cruces más adecuados y complementarios. - Competición en exposiciones como herramienta que nos permite evaluar logros en selección. - Adquisición de individuos que contribuyen a mantener un alto nivel de calidad genética en nuestra crianza. - Garantizar las mejores condiciones y calidad de vida para el desarrollo pleno de nuestros animales. Solo ocasionalmente se dispondran cachorros para propietarios responsables que se comprometan a ofrecerles las mejores atenciones y contribuyan - cuando la calidad del individuo lo permita - a divulgar la buena reputación de "Los Tarantos" como referente de calidad. Si Ud desea ser propietario de un ejemplar de nuestro afijo deberá enviarnos un e-mail con sus datos personales aceptando las condiciones y garantías planteada en este apartado, - sin que esto sirva de compromiso por ambas partes-. En dicho email sugerimos una breve descripción de su experiencia en el mundo del perro y de lo que busca concretamente en un ejemplar de nuestro afijo (preferencias por colores, sexo, tamaño, ejemplar para la competición o para compañía, etc). Nos reservamos el derecho a responderle con una información más detallada sobre los cachorros disponibles -si los hubiera- o los próximos cruces previstos. |
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Condiciones de entrega y garantía El cachorro se cedería a partir de la 9ª o 10ª semana de vida; con cartilla sanitaria sellada por veterinario colegiado; con un mínimo de dos vacunas y dos desparasitaciones o el equivalente a lo exigido por la legislación vigente; fotocopia de inscripción de camada en la RSC y formulario de identificación canina expedido por dicha entidad. |
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GARANTÍA: 1º/ El criador da una garantía ante enfermedades víricas de..............dias frente a muerte por moquillo o parvovirosis apartir de la fecha de adquisición del animal. Esta garantía será válida siempre y cuando el animal no salga del nuevo domicilio, ni esté en contacto con otros animales durante el plazo de la referida garantía, ni expuesto a condiciones de mantenimiento desfavorables (corrientes de aire; excesivo calor, frio o humedad; situaciones de estrés; niños pequeños; etc). El nuevo propietario tendrá un plazo de dos días hábiles apartir de la fecha de entrega, para llevar el cachorro a un veterinario con el fin de que pase una revisión rutinaria. Si el animal presentase alguna anomalía significativa, el nuevo propietario deberá comunicarlo inmediatamente al criador para que este adopte las medidas que considere oportunas, entre las que podría plantearse en un caso extremo, la recogida del animal para cotejar el problema bajo la supervición de un veterinario designado por el criador. Si el cachorro presentara algún síntoma de moquillo o parvovirosis durante el periodo de garantía (vómitos, diarrea, inapetencia, fiebre, temblores, decaimiento, etc.), el nuevo propietario deberá comunicarlo inmediatamente al criador para que este le de las instrucciones oportunas. En caso de enfermedad, el criador no se hará cargo de los gastos veterinarios, medicamentos ni de ningún otro tipo. 2º/ El criador da una garantía de................ meses frente a enfermedades o anomalías congénitas significativamente importantes que dificulten al animal el desarrollo de una vida más o menos normalizada como animal de compañía o para la crianza (displasia de caderas; hemivertebra; prolapso anal; luxación de rótula; etc.). Ante un diagnóstico de esta índole referida, el criador se compromete al cambio del animal enfermo por otro individuo sano de la misma raza y sexo en el plazo máximo de...............meses desde el diagnóstico de la enfermedad. El criador no se hará cargo de ninguna otra compensación bajo ningún concepto que no sea lo anteriormente citado. No se admiten reclamaciones transcurrido los periodos de garantía referidos en el presente acuerdo.
En Sevilla, a .................de ........................de .................... Firma de conformidad del nuevo propietario El Criador
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Condiciones anexas para la raza ALANO ESPAÑOL
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